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  • Ester Lara

El Ayuntamiento de Alcobendas sanciona a nueve personas por pintadas en la vía pública

08/09/2023. El Ayuntamiento ha tramitado nueve expedientes sancionadores por realizar grafitis en la vía pública y la multa de uno de ellos ha ascendido a 7.000 euros

Durante las últimas semanas, el Ayuntamiento de Alcobendas se ha visto obligado a tramitar nueve expedientes sancionadores por pintadas en la vía pública, de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Residuos Públicos.


La multa de uno de los expedientes ha ascendido a 7.000 euros debido a que la persona realizó más de 200 firmas en el municipio. Gracias a un informe policial de trazabilidad grafológica pudo ser identificado. Las otras ocho multas han ascendido a 600 euros cada una. Si las personas sancionadas abonan el importe durante el periodo de bonificación y reconociendo los hechos, la multa pasará a ser de 360 euros.


El importe a pagar por este tipo de delitos en la vía pública suele ser tan elevado debido a que la limpieza de pintadas y grafitis le supone al Ayuntamiento un gasto de entre 400 a 5.000 euros por pintada, lo que impide que puedan destinar ese dinero a otros servicios municipales.


En cuanto a los grafitis o pintadas, si se consideran leves pueden alcanzar hasta un máximo de 750 euros de multa. Mientras que si son considerados como infracciones muy graves pueden llegar a los 1.500 euros. Así lo establecen el artículo 48.1 y el 59.e, donde hacen referencia también a todos los lugares donde está totalmente prohibido realizar este tipo de actos:


"Está prohibido realizar todo tipo de grafito, pintada, mancha, garabato, escrito, inscripción o grafismo, con cualquier materia, sobre cualquier elemento del espacio público, así como en el interior o exterior de equipamientos, elementos de un servicio público e instalaciones" (art. 48.1).


"Realizar una pintada en las fachadas de los inmuebles, elementos del transporte, parques o mobiliario público está sancionado por esta ordenanza con multas que pueden ascender hasta 750 euros (artículo 60) si se consideran leves, o hasta 1.500 euros, en el caso de que se considere una infracción grave" (artículo 59. e).

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