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Atención conductor: nuevos límites de velocidad urbanos desde este 11 de mayo

Diario de Alcobendas

Atención conductor: nuevos límites de velocidad urbanos desde este 11 de mayo. Y es que desde este martes entra en vigor la modificación del Reglamento General de Circulación que limita la velocidad en vías urbanas y travesías.


Vías de 1 solo carril por sentido: 30 km/h máximo.

Vías de 2 o más carriles por sentido: 50 km/h máximo.

Vías plataforma única de calzada y acera: 20 km/h máximo.


- Además, se aumenta de 3 a 6 puntos la sanción por conducir sujetando con las manos dispositivos de telefonía móvil.


- Se eleva de tres a cuatro puntos el no utilizar el cinturón de seguridad, los sitemas de retención infantil, el casco y otros elementos de protección


- La norma tipifica como infracción grave llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares, lo que supondrá una sanción de 500 euros y la pérdida de tres puntos


- Los turismos y motocicletas no podrán rebasar en más de 20 kilómetros hora los límites de velocidad en las carreteras convencionales cuando adelantan a otros vehículos


Para ayudar a implementar los nuevos límites de velocidad, la Dirección General de Tráfico (DGT) y la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) han lanzado un manual con el objetivo de orientar a los ayuntamientos y entidades locales. El documento da respuesta a 32 situaciones y ejemplos reales que se pueden encontrar en las calles de las ciudades.


Según datos de la DGT, la bajada de los límites de velocidad máxima permitida en las ciudades se reduce un 80% el riesgo de fallecer como consecuencia de un atropello. También, desciende a la mitad el ruido ambiental.


La DGT recuerda que las sanciones se siguen fijando de forma progresiva. La multa es de 100 euros sin pérdida de puntos para las infracciones graves y puede ir ascendiendo hasta los 600 euros y 6 puntos en el carnet para las infracciones muy graves.







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