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Diario de Alcobendas

Alcobendas continúa entre los municipios con restricción completa en todo el término municipal

Datos de la COVID ofrecidos por el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid


Aunque en los últimos días se ha observado una reducción de la transmisibilidad de los contagios en determinados ámbitos territoriales, la evolución y tendencia de los indicadores epidemiológicos en el resto de ámbitos territoriales determina la necesidad de prorrogar la aplicación de las medidas específicas de control y prevención en los mismos durante un periodo de siete días, hasta las 00:00 horas del 1 de marzo de 2021, pudiendo ser prorrogadas si la evolución epidemiológica así lo aconseja. Estas medidas tienen efecto desde las 00:00 horas del día 22 de febrero de 2021.

Entre los ámbitos territoriales afectados en encuentra en su totalidad el municipio de Alcobendas, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al oeste por la avenida Valdelaparra, al este por la avenida de la Ermita, al norte por la avenida Olímpica y al sur por la vía de servicio de la A-1, así como hacia la zona perimetralmente delimitada por la avenida de España, calle Ruperto Chapí y calle Blas de Otero, y a la zona perimetralmente delimitada por Ronda de la Comunicación, Carretera M-603, avenida Valdelaparra y la vía de servicio de la A-1.


Las medidas establecidas serán de aplicación a todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en los ámbitos territoriales afectados.

Por otro lado, las medidas de contención y restricciones para la movilidad y actividad en toda la Comunidad de Madrid son las siguientes:

  • Se limita la movilidad nocturna y la circulación de personas entre las 23:00h y las 6:00h en toda la región.

  • Se prohíben las reuniones de no convivientes en domicilio salvo que se trate por cuidados de terceras personas.

  • Todos los locales de actividad comercial de cualquier tipo deben cerrar antes de las 22:00h y no pueden abrir antes de las 06:00h.

  • Los establecimientos de hostelería y restauración deberán cerrar, como máximo, a las 23:00h, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes para consumir en el establecimiento a partir de las 22:00h. Se podrán realizar servicios de entrega a domicilio hasta las 24h.

  • Máximo de 4 personas por mesa en el interior de locales de hostelería y restauración y de 6 personas por mesa en terrazas. El uso de mascarillas es obligatorio salvo en el momento concreto del consumo de alimentos y bebidas.

  • Solo pueden abrir en horario nocturno las farmacias, establecimientos médicos, veterinarios, gasolineras y aquellos que presten servicios imprescindibles e inaplazables.


Estas medidas se encuentran en vigor desde el 18 de febrero y se extenderán hasta el 1 de marzo.

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